SUBSIDIO A TRABAJADORES AUTÓNOMOS
Bases aprobadas por la Junta de Gobierno del 08/05/2020. Publicadas BOP 12/05/2020. Esta ayuda será compatible con cualquier otra. Para los trabajadores autónomos, incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos o en el Sistema Especial de los trabajadores autónomos agrarios y que estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Los trabajadores autónomos colaboradores no podrán ser beneficiarios
▪︎ Realizar una actividad económica de carácter empresarial, profesional o artístico por cuenta propia en un municipio de Ourense con una población inferior a 20.000 habitantes.
▪︎ Haber reconocido la prestación extraordinaria por cese de actividad prevista en el artículo 17 del RD Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias contra el impacto económico y social del COVID 19, o por la pérdida del 75% o más de su facturación con respecto al semestre anterior.
▪︎ Recibirán un pago único de cantidad fija e igual por el total de 600€..
▪︎ Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Diputación de forma presencial o electrónica, dentro de los 20 días hábiles siguientes al de su publicación en el BOP, si bien toda la tramitación y notificación será electrónica.
☆ Documentación a presentar:
▪︎Impreso normalizado disponible en la web de la Diputación Provincial. https://www.depourense.es/images/subvencions_coronavirus/Solicitude-subvencion-autonomos-galego.pdf
Copia de resolución de reconocimiento de beneficio por cese de actividad.
▪︎ Certificación de situación censal emitida por la Agencia Estatal de Impuestos con posterioridad al 31/12/2019 indicando actividad y domicilio.
▪︎ Certificado de titularidad de cuenta corriente para ingreso de subsidio.
▪︎ Copia del poder del interesado en caso de presentarse a través de representante.
SUBVENCIÓN A PEQUEÑAS EMPRESAS
Bases aprobadas en Junta de Gobierno de 08/05/2020· Publicadas BOP 12/05/2020· Esta ayuda será compatible con cualquier otra.· Para personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que ejerzan actividad económica en un municipio del provincia de menos de 20.000 habitantes inscritos en el Impuesto de Actividades Económicas, tengan menos de diez trabajadores a 14/03/2020 y en el ejercicio 2019 una facturación anual a efectos del IVA inferior a un millón de euros. También que la actividad económica desarrollada no se vio afectada por el cierre obligatorio durante el estado de alarma y que su facturación a efectos de IVA entre el 14/03/2020 y el 30/04/2020 se redujo en un 50% respecto a la media de 2019.
▪︎ La cuantía de la subvención será idéntica para todos los solicitantes y se determinará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, dividiéndose el crédito (550.000 €) entre las solicitudes con derecho a la subvención y nunca podrá superar los 1.000 €.
▪︎ Las solicitudes se presentarán en el Registro Provincial de manera presencial o en línea, dentro de los 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOP. ▪︎
Documentación a presentar:
▪︎ Impreso normalizado disponible en la web de la Diputación Provincial▪︎ https://www.depourense.es/images/subvencions_coronavirus/Solicitude-subvencions-pequenas-empresas-galego.pdf
▪︎ Certificación de situación censal actualizada emitida por la AEAT con posterioridad al 31/12/2019 con indicación de actividad económica y domicilio.
▪︎ Documento Relación de liquidación de cotización del mes de marzo de 2020 o, en su caso, TC1
▪︎ Copia del modelo 390 presentado en la Agencia Estatal de Impuestos con el resumen anual de facturación del IVA del ejercicio 2019
▪︎ Copia del libro de facturas emitidas por el solicitante del 14/03/2020 al 30/04/2020.
▪︎ Certificado de titularidad de cuenta corriente para ingreso de subsidio.
▪︎ Copia del poder del interesado en caso de presentarse a través de representante Estamos a su disposición para cualquier consulta.
Acceso directo a la información en la web de la Diputación Provincial:
PARA AUTÓNOMOS: